21 de octubre de 2010

A saco contra el Canon


Se podría decir que a día de hoy los internautas recibimos un pequeño soplo de aire fresco ante el dictamen del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que acaba de decir que el canon es un abuso y no cumple la directiva europea.

El cobro del canon digital en España, la tasa que se aplica a la compra de todos los equipos, materiales y soportes de grabación y reproducción digital para compensar los derechos de autor que los creadores dejan de percibir a causa de las copias privadas, es un "abuso" y "no cumple" la directiva comunitaria. Así lo acaba de dictaminar el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que ha sentenciado que el gravamen sólo puede cobrarse a los particulares, pero no a personas jurídicas, por lo que empresas y administraciones deben quedar exentas. "La aplicación del canon por [grabación de una] copia privada a los soportes de reproducción adquiridos por empresas y profesionales para fines distintos de la copia privada no es conforme con el Derecho de la Unión", reza la resolución. Tras conocer la sentencia, la ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde, ha anunciado que buscará "una alternativa" junto a "los otros países europeos que se van a ver afectados" por el fallo judicial. Actualmente, 22 de los 27 países de la Unión Europea cobran también un canon aunque difieren los productos y los porcentajes que se aplican. Por su parte, las entidades de gestión de los derechos de autor han opinado que "Europa respalda la compensación".

El escrito no cuestiona la aplicación del canon a dispositivos de uso masivo como móviles, MP3 y MP4, memorias USB, CDs, DVDs o discos duros externos, que supuso un ingreso para las entidades de gestión de 100,2 millones de euros el año pasado, y tampoco considera necesario "verificar" si las personas que adquieren estos equipos digitales para fines privados los destinan "efectivamente" a copiar contenidos protegidos por los derechos de autor. "Se presume legítimamente que dichas personas físicas se benefician íntegramente de tal puesta a disposición", es decir, se supone que explotan plenamente las funciones de que están dotados los equipos, incluida la de reproducción. Así pues, la "mera capacidad" de dichos equipos o aparatos para realizar copias "basta para justificar la aplicación del canon por copia privada, siempre y cuando dichos equipos o aparatos se hayan puesto a disposición de personas físicas en condición de usuarios privados", añade la sentencia.


El resultado de todo esto no es suficiente pero algo es algo. Seguiremos luchando para que la libertad en la red sea un hecho y para que no nos traten de gilipollas cuando cobran dinero a diestro y siniestro sin contemplaciones. Podéis leer el artículo completo en ElPais.es.

4 comentarios:

Maeglin dijo...

God Bless la UE!!

Ale alé a devolverlo centimo a centimo o si no a Estrasburgo con ellos.

PD: Me encanta que la Piñata Frikie Strikes Back.

Nancy Callahan dijo...

A eso se le llama... ZAS! En toda la boca!

Sólo falta que nos devolvieran el dinero que nos han robado durante todo este tiempo; sí, soñar al menos sigue siendo gratis...

Anónimo dijo...

Veremos como evoluciona todo, al menos las empresas dejan de pagar y es un dato importante por que son quienes más les llenarían arcas. Sigo pensando que si eres autónomo y funcionas como empresa el comprar soportes sin canon y venderlos sin tal a particulares es lo más digno.

Sinde ya ha comentado que buscará otra forma, lo de ésta pava, Ramoncín y demás escoria es inaudito, mierda de país ¡coño!

Bra'tac dijo...

Ahora, con el cambio de ministros tendrian que haberla quitado. Pero noooo... ZP se asegura muchisimos votos teniendo al sector cultural de su parte... q le zurzan

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